Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo
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Somos una consultora especializada en Igualdad, te ayudamos a cumplir con la obligatoriedad de la normativa actual y te acompañamos en todo el proceso para lograrlo.
¿QUÉ ES?
Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo
El Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo es un plan contra el acoso laboral que contempla aquellas medidas que son necesarias para prevenir, evitar o eliminar cualquier tipo de acoso laboral en la empresa.
¿A qué empresas aplica el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo?
La Ley Orgánica 3/2007 y el RD 901/2020 establecen que toda empresa, independientemente del número de sus trabajadores debe contar con un protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo de forma obligatoria.
Asimismo, su empresa tiene que realizar un código de buenas prácticas, campañas de información y sensibilización contra el acoso, acciones formativas para prevenirlo y canales adecuados para formalizar una posible denuncia. Cabe indicar qué, es indispensable la difusión a toda la plantilla.
¿Qué pasa si la empresa incumple el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo?
Si su empresa incumple con la implementación de un Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo, será objeto a un tipo sanción:
- Sanciones económicas: Multas que oscilan entre 7.501 € a 225.018 €.
- Sanciones accesorias: Perderán las ayudas, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo durante un periodo de 6 meses a 2 años desde la fecha de la resolución de la sanción.
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BENEFICIOS
¿Cuáles son los beneficios que obtiene una empresa al implantar y certificar el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo?
- Cumplir con la obligación legal
- Previene sanciones
- Es una herramienta de prevención
- Solución rápida a la víctima
Cumplir con la obligación legal.
Previene sanciones.
Es una herramienta de prevención.
Solución rápida a la víctima.
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