Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo

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¿QUÉ ES?

Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo

El Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo es un plan contra el acoso laboral que contempla aquellas medidas que son necesarias para prevenir, evitar o eliminar cualquier tipo de acoso laboral en la empresa.

¿A qué empresas aplica el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo?

La Ley Orgánica 3/2007 y el RD 901/2020 establecen que toda empresa, independientemente del número de sus trabajadores debe contar con un protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo de forma obligatoria.

Asimismo, su empresa tiene que realizar un código de buenas prácticas, campañas de información y sensibilización contra el acoso, acciones formativas para prevenirlo y canales adecuados para formalizar una posible denuncia. Cabe indicar qué, es indispensable la difusión a toda la plantilla.

¿Qué pasa si la empresa incumple el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo?

Si su empresa incumple con la implementación de un Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo, será objeto a un tipo sanción:

  • Sanciones económicas: Multas que oscilan entre 7.501 € a 225.018 €.
  • Sanciones accesorias: Perderán las ayudas, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo durante un periodo de 6 meses a 2 años desde la fecha de la resolución de la sanción.

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BENEFICIOS

¿Cuáles son los beneficios que obtiene una empresa al implantar y certificar el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo?

  • Cumplir con la obligación legal
  • Previene sanciones
  • Es una herramienta de prevención
  • Solución rápida a la víctima

Cumplir con la obligación legal.

Previene sanciones.

Es una herramienta de prevención.

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